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jueves, 19 de enero de 2017

Condena ejemplar por maltrato animal en una protectora de animales de Málaga

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El juicio por maltrato animal a Carmen Marín, presidenta de la protectora de animales ‘Parque Animal’, en Torremolinos (Málaga), y su ayudante, ha culminado con una sentencia histórica: multas y prisión para los involucrados y la solicitud por parte del juez actuante, de que las penas por maltrato a los animales se endurezcan en toda España. El juicio se realizó en la ciudad de Málaga, y la sentencia se dio a conocer hace apenas unos días.


 
El juicio se realizó en la ciudad de Málaga, en el Juzgado de lo Penal Nº 14 y la sentencia se dio a conocer hace apenas unos días. A la señora Marín que presidía el centro “Parque Animal” se la condenó a prisión (3 años + 9 meses), más el pago de una multa que asciende a veinte mil euros.
Su ayudante Felipe Barco, un colaborador del refugio de animales, también fue sentenciado a un año de cárcel y a abonar una multa de más de tres mil quinientos euros.




Ambos estaban acusados de de matar a más de 2000 perros y gatos de una manera que les provocó una “agonía lenta y dolorosa”.



La acusación


La Fiscalía acusó a la mujer y a su ayudante en el Centro Parque Animal de Torremolinos, de inyectar sustancias para eutanasiar a gatos y perros, sin sedación previa y directamente en el tejido muscular, en lugar de hacerlo por vía intravenosa, según lo recomendado, además de emplear dosis más pequeñas, para ahorrar dinero.


Los animales fueron sometidos a una agonía lenta y dolorosa, que era totalmente injustificada y de la que los acusados eran conscientes, ya que estos se retorcían de dolor durante horas, antes de fallecer.


Los hechos ocurrieron entre enero de 2009 y octubre de 2010, cuando la matanza de los animales salió a la luz por primera vez, durante una inspección de las instalaciones.






















Se comprobó que antes de llevar a cabo estas eutanasias masivas, ambos desconectaban las cámaras de seguridad y ponían música, que mediante amplificadores ayudaba a enmascarar los aullidos de dolor de los animales que agonizaban.


La mayoría de los perros y gatos que fueron exterminados eran jóvenes, estaban en buen estado de salud y en algunos casos estas muertes fueron casi inmediatas a su ingreso en el refugio, que fue fundado en 1996.




La Fiscalía presentó el caso de un hombre que dejó dos cachorros en el refugio en junio de 2010; se demostró que los animales fueron sacrificados ese mismo día, aunque esta persona había pagado al refugio de 60 € para tener a los cachorros.


Parque Animal, que funcionaba como refugio de animales abandonados, también proporcionaba servicios de tratamiento remunerados y funcionaba como clínica privada de animales, aunque su directora no tenía un diploma veterinario.



La defensa




Entre las muchas declaraciones de la acusada, se le oyó decir que ella no podría haber participado en la matanza ya que le tenía “fobia a las agujas”, que amaba a los animales y que era conocida por todo el mundo su defensa de “sacrificio cero” en las perreras.


Durante todo el juicio los involucrados se declararon inocentes y explicaron que todo era un montaje y que en ningún momento se habían sacrificado animales que no cumplieran con las condiciones de estar enfermos (y de males irrecuperables).





La condena


Según dicta la sentencia, Carmen Marín participaba de forma activa en las ejecuciones y era quien decidía qué animal se debía sacrificar. Felipe Barco fue su colaborador directo a la hora de realizar la matanza de gatos y perros.


Sobre Carmen Marín la condena es de delito continuado de “maltrato animal” y también por falsificación de documentos. Según quedó probado ni las dosis, ni las vías de administración de los medicamentos eran las correctas, a los animales no se les sedaba previamente y ello provocó un sufrimiento innecesario en las víctimas.





El Ministerio Fiscal se refirió a estos actos como auténticas “sesiones de exterminio” y ello se hacía sin respetar ni la edad, ni el estado del animal y/o los 10 días que prescribe la ley que deben transcurrir desde que un animal ingresa en un refugio hasta que se considere que puede ser eutanasiado.


El único fin que perseguían ambos era el de lucrarse con el cobro que se hacía por aceptar animales, por lo cual optaban por deshacerse de los perros y los gatos lo antes posible, para tener sitio dónde seguir ingresando a las que serían “futuras víctimas” de sus aberrantes actos.





La condena por documentación falsa se centra en que hubo una manipulación en los listados que el centro enviaba al Ayuntamiento de Torremolinos y que enumeraban la cantidad de incineraciones que dicho ente debía abonar.


En ellos figuraba el nombre de veterinarios responsables de la eutanasia que nunca intervinieron en estos casos, ya que la macabra tarea no fue jamás verificada por profesionales, sino que la llevaban a cabo Marín y Barco, ninguno de los cuales es veterinario titulado.





La pena máxima que la Ley tiene en cuenta para el caso de maltrato animal es de un año, sentencia que les ha sido aplicada a ambos. El juez que ha llevado la causa lamentó no tener herramientas que le permitan castigar con más dureza este tipo de casos y estima que debería haber cargos punitivos de mayor grado, cuando se presenten circunstancias de extrema gravedad, como las que se han comprobado en esta oportunidad.





Si bien la sentencia es histórica, no deja de ser bastante “blanda”, a juicio de activistas, animalistas y hasta del propio magistrado. Es más que necesario que nuestro país tenga una Ley de Protección Animal lo antes posible, que contemple de una vez por todas los Derechos de estos seres, que hoy están prácticamente indefensos en el plano legal.


A Carmen Marín que presidía el centro “Parque Animal” se la condenó a prisión (3 años + 9 meses), más el pago de una multa que asciende a veinte mil euros. Su ayudante, Felipe Barco, un colaborador del refugio de animales, también fue sentenciado a un año de cárcel y a abonar una multa de más de tres mil quinientos euros. Ambos estaban acusados de matar a más de 2.000 perros y gatos de una manera que les provocó una “agonía lenta y dolorosa”.


La Fiscalía acusó a la mujer y a su ayudante de inyectar sustancias para eutanasiar a gatos y perros, sin sedación previa y directamente en el tejido muscular, en lugar de hacerlo por vía intravenosa, según lo recomendado, además de emplear dosis más pequeñas, para ahorrar dinero. Los animales fueron sometidos a una agonía lenta y dolorosa, que era totalmente injustificada y de la que los acusados eran conscientes, ya que estos se retorcían de dolor durante horas, antes de fallecer.


Los hechos ocurrieron entre enero de 2009 y octubre de 2010, cuando la matanza de los animales salió a la luz por primera vez, durante una inspección de las instalaciones. Se comprobó que antes de llevar a cabo estas eutanasias masivas, ambos desconectaban las cámaras de seguridad y ponían música, que mediante amplificadores ayudaba a enmascarar los aullidos de dolor de los animales que agonizaban. La mayoría de los perros y gatos que fueron exterminados eran jóvenes, estaban en buen estado de salud y en algunos casos estas muertes fueron casi inmediatas a su ingreso en el refugio, que fue fundado en 1996.


El Ministerio Fiscal se refirió a estos actos como auténticas “sesiones de exterminio” y ello se hacía sin respetar ni la edad, ni el estado del animal y/o los 10 días que prescribe la ley que deben transcurrir desde que un animal ingresa en un refugio hasta que se considere que puede ser eutanasiado. El único fin que perseguían ambos era el de lucrarse con el cobro que se hacía por aceptar animales, por lo cual optaban por deshacerse de los perros y los gatos lo antes posible, para tener sitio dónde seguir ingresando a las que serían “futuras víctimas” de sus aberrantes actos.


El juez que ha llevado la causa lamentó no tener herramientas que le permitan castigar con más dureza este tipo de casos y estima que debería haber cargos punitivos de mayor grado, cuando se presenten circunstancias de extrema gravedad, como las que se han comprobado en esta oportunidad. Si bien la sentencia es histórica, no deja de ser bastante “blanda”, a juicio de activistas, animalistas y hasta del propio magistrado.


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