Conflictos mundiales * Blog La cordura emprende la batalla


miércoles, 31 de octubre de 2012

El PP impone una tasa de 2.350 euros al ciudadano que recurra actos del Gobierno.

El PP impone una tasa de 2.350 euros al ciudadano que recurra actos del Gobierno.

El Congreso aprueba hoy, con el rechazo de toda la oposición, la Ley que extiende el 'copago judicial'  a los particulares. Los populares no han aceptado hasta ahora ninguna enmienda

Si no hay cambios de última hora, el Partido Popular impondrá este miércoles en el Congreso el Proyecto de Ley que extiende el pago de tasas judiciales a las personas físicas, es decir, a todos los ciudadanos. En concreto, de acuerdo a este nuevo impuesto, que supone un 'copago' judicial, un particular que recurra una disposición o acuerdo del Gobierno que considere injusta, a través del correspondiente pleito contencioso-administrativo ordinario, tendrá que pagar 2.350 euros en caso de llegar hasta el Tribunal Supremo.

Todos los grupos parlamentarios, excepto el PP, se han opuesto a las nuevas tasas y han pedido la retirada del proyecto. No sólo critican la extensión a los particulares y la elevada cuantía de este nuevo impuesto, sino que se exijan también para los recursos en segunda instancia en el orden laboral o social, a razón de 500 euros en suplicación y 750 en casación ante el Supremo. Por lo que un trabajador despedido de su empresa que considere que la extinción del contrato ha sido improcedente, tendría que desembolsar 1.250 euros si debe llegar al Supremo, a sumar a lo que le cobre el abogado y el procurador.

Hasta la fecha, las tasas sólo se cobraban en los órdenes civil y contencioso y únicamente a empresas o personas jurídicas de una cierta entidad. El Gobierno, en un claro "afán recaudotorio", en palabras del ponente socialista de la Ley, Antonio Camacho, ha procedido a elevar las cuantías --en algunos casos, en más de un 150%--, ampliar la recaudación a los ciudadanos particulares e incluir a la segunda instancia del orden social en la aplicación del impuesto. Aparte de la cantidad fija que hay que abonar, se establece otra variable de entre el 0,25% y el 0,5% de las cuantías reclamadas en el pleito.

Sólo quedarán exentos del pago las personas con derecho a justicia gratuita, porque su unidad familiar tiene ingresos anuales inferiores a 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem), es decir, 15.960 euros.

El PP impone una tasa de 2.350 euros al ciudadano que recurra actos del Gobierno.

El Congreso aprueba hoy, con el rechazo de toda la oposición, la Ley que extiende el 'copago judicial' a los particulares. Los populares no han aceptado hasta ahora ninguna enmienda

Si no hay cambios de última hora, el Partido Popular impondrá este miércoles en el Congreso el Proyecto de Ley que extiende el pago de tasas judiciales a las personas físicas, es decir, a todos los ciudadanos. En concreto, de acuerdo a este nuevo impuesto, que supone un 'copago' judicial, un particular que recurra una disposición o acuerdo del Gobierno que considere injusta, a través del correspondiente pleito contencioso-administrativo ordinario, tendrá que pagar 2.350 euros en caso de llegar hasta el Tribunal Supremo.
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Todos los grupos parlamentarios, excepto el PP, se han opuesto a las nuevas tasas y han pedido la retirada del proyecto. No sólo critican la extensión a los particulares y la elevada cuantía de este nuevo impuesto, sino que se exijan también para los recursos en segunda instancia en el orden laboral o social, a razón de 500 euros en suplicación y 750 en casación ante el Supremo. Por lo que un trabajador despedido de su empresa que considere que la extinción del contrato ha sido improcedente, tendría que desembolsar 1.250 euros si debe llegar al Supremo, a sumar a lo que le cobre el abogado y el procurador.

Hasta la fecha, las tasas sólo se cobraban en los órdenes civil y contencioso y únicamente a empresas o personas jurídicas de una cierta entidad. El Gobierno, en un claro "afán recaudotorio", en palabras del ponente socialista de la Ley, Antonio Camacho, ha procedido a elevar las cuantías --en algunos casos, en más de un 150%--, ampliar la recaudación a los ciudadanos particulares e incluir a la segunda instancia del orden social en la aplicación del impuesto. Aparte de la cantidad fija que hay que abonar, se establece otra variable de entre el 0,25% y el 0,5% de las cuantías reclamadas en el pleito.

Sólo quedarán exentos del pago las personas con derecho a justicia gratuita, porque su unidad familiar tiene ingresos anuales inferiores a 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem), es decir, 15.960 euros.
 
 


Como sabéis, el gobierno de España prepara una reforma de código penal. Os explicamos algunas de esas reformar en seis cómodos puntos:

1. Que un antidisturbios te pegue una paliza de muerte no es delito. Que alguien lo grabe y lo difunda sí que lo es.

2. Que un banco te desahucie no es delito. Ocupar una sucursal bancaria para protestar por haberte desahuciado: Hasta seis meses de prisión.

3. Cargarse la sanidad y la educación públicas no es delito. Interrumpir el transpor...
te público: Hasta dos años de prisión.

4. Que la policía abuse de su autoridad y emplee la violencia no es delito. Resistirse a la autoridad: Hasta cuatro años de prisión.

5. Que los políticos agredan con sus reformas a miles de personas no es delito. Que una persona agreda a un político: Hasta seis años de prisión.

6. Incumplir el programa electoral y mentir no es delito. Convocar manifestaciones para protestar por ello: Hasta un año de prisión.

DIFUNDE!

(Antonia Sánchez Perea)
 
 
 

 

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