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jueves, 24 de abril de 2014

El Estado garantiza otros 40.000 millones de los bancos por un decreto ley del Gobierno

Continúa el show
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La norma aprobada por el Consejo de Ministros del 29 de noviembre pasado convirtió en monetizables, esto es, garantizados por el Estado, parte de los créditos fiscales que permitirían a los bancos ahorrarse impuestos en el futuro. Ello ha supuesto finalmente que los bancos salven más de 40.000 millones de euros de capital, según los datos recopilados por EL PAÍS de las principales entidades financieras españolas. 


El Estado responde de esos créditos fiscales en caso de que los bancos no los puedan usar para compensar beneficios futuros, lo que conlleva un riesgo de pérdida que el Gobierno minimiza.


La cifra de 40.478 millones en activos fiscales monetizables que suman los 15 principales bancos supera en un 35% la estimación de 30.000 millones para todo el sector que señaló el ministro de Economía, Luis de Guindos, cuando presentó el decreto. Una diferencia de más de 10.000 millones.


El grupo con más activos fiscales diferidos monetizables en España es BFA, con 6.957 millones de los que 5.249 millones corresponden a Bankia. Por detrás están La Caixa (cuya cifra total no se conoce, pero que suma 4.985 millones en CaixaBank), el Santander (con unos 5.400 millones en España sobre un total de 7.900 millones), el Sabadell (4.790,7 millones) y el BBVA (4.373 millones). Los bancos controlados por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) suman unos 14.800 millones en activos fiscales monetizables.


Las cifras están en su mayoría tomadas de las memorias de las entidades. En algunos casos han sido facilitadas por los propios bancos y en NCG Banco es la cifra que se manejó en su subasta. Varias entidades advierten que se trata aún de estimaciones pendientes de ajustes y del desarrollo reglamentario.

 

A pagar con deuda pública


Los activos fiscales diferidos (DTA, por sus siglas en inglés) son beneficios fiscales o ahorros de impuestos a recuperar en el futuro que surgen de operaciones del pasado como pérdidas o provisiones.


 El ejemplo más típico son los que surgen de las provisiones genéricas, que reducen los beneficios del banco, pero no son deducibles fiscalmente hasta que se materializa la pérdida. Pero si dentro del plazo no había beneficios suficientes para ahorrarse esos impuestos, los activos fiscales caducaban, por así decirlo, y los bancos los perdían. Con la nueva norma, los pagaría el Estado con deuda pública.



Con las normas internacionales de solvencia vigentes hasta 2013, los activos fiscales no suponían ningún problema. Se consideraban un activo más y, por tanto, no se deducían del capital que tenga el banco. Pero con las nuevas normas, los activos fiscales se deducen del capital de los bancos, castigando su solvencia, si no están garantizados, al considerarse que, en general, no es seguro que mantengan su valor en caso de dificultades para la entidad.



El impacto de la deducción podría tener un impacto mayor en España que en otros países. “Si no hubiéramos hecho esto, si no hacemos esta modificación del Impuesto de Sociedades, la banca española estaría en una situación de desventaja en relación con sus competidores“, argumentó Guindos.








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