¿LA FUERZA SIN JUSTICIA ES TIRANÍA?
Descartado el “delito de terrorismo” solicitado por el Fiscal, la Sala
de Apelaciones de la Audiencia Nacional resuelve mantener la condena
fijada por la Sección Primera de dicho Tribunal a los 7 jóvenes de la
localidad navarra de Alsasua (penas que oscilan de los 2 a los 13 años
de prisión) tras serles aplicado el agravante de “discriminación
ideológica”, lo que según fuentes jurídicas “podría indicar el camino a
seguir en casos de ataques a juristas o políticos en Cataluña” . En la
actualidad, 3 de ellos llevan ya casi 3 años en prisión incondicional
sin sentencia firme tras un altercado con dos miembros de la Guardia
Civil y sus parejas que derivó en un parte médico de “lesiones menores” y
que en su día fue calificado por el Coronel Jefe de la Guardia Civil de
Navarra como “delitos de odio”, por lo que la reciente sentencia sería
según las mismas fuentes “un auténtico dislate jurídico”, no siendo
descartable una nueva reacción de repulsa popular e institucional.
Para entender la sentencia contra los jóvenes de Altsasu habría que
recurrir a la Doctrina Aznar que tendría como ejes principales la
culminación de la “derrota institucional de ETA para impedir que el
terrorismo encuentre en sus socios políticos el oxígeno que le permita
sobrevivir a su derrota operativa” con el objetivo último de
criminalizar a grupos y entidades díscolos y refractarios al mensaje del
establishment dominante del Estado español y que serían elementos
constituyentes de la llamada “perfección negativa”, término empleado por
el novelista Martín Amis para designar “la obscena justificación del
uso de la crueldad extrema, masiva y premeditada por un supuesto Estado
ideal”.
El atestado policial de la noche de autos fue redactado por la Guardia
Civil y comunicado simultáneamente a todos los medios de comunicación
del status quodel Estado español y amparado por la “espiral del
silencio” de los medios de comunicación de masas del establishment
(PRISA, Vocento, Grupo Planeta, Grupo Godó, Grupo Zeta, Editorial Prensa
Ibérica, Unidad Editorial, TVE y Mediaset España) consiguió su objetivo
de transmitir a la opinión pública la idea de “la pervivencia de ETA en
el territorio comanche de Altsasu”. Dicha teoría fue formulada por la
politóloga alemana Elisabeth Noelle-Neumann en su libro La espiral del
silencio. Opinión pública: nuestra piel social (1977)y simbolizaría “la
fórmula de solapamiento cognitivo que instaura la censura a través de
una deliberada y sofocante acumulación de mensajes de un solo signo”,
(los jóvenes de Alsasua son cachorros de ETA), con lo que se produciría
un proceso en espiral o bucle de retroalimentación positiva y se
conseguiría fijar en el subconsciente colectivo la idea de que “el caso
Altsasues terrorismo”.
El caso Altsasu será un proceso judicial de largo recorrido (recursos al
Tribunal Supremo y Constitucional) que terminará indefectiblemente en
el Tribunal Europeo de Estrasburgo quien volverá a dar un tirón de
orejas a la Justicia española. Así, la definición de la Asamblea
Parlamentaria del Consejo de Europa (Resolución 1.900), afirma que “se
considerará que existen presos políticos en el caso de que “por motivos
políticos, la duración de la detención o sus condiciones sean
manifiestamente desproporcionadas con respecto del delito del que la
persona ha sido declarada culpable o de la que se sospecha”, supuestos
que se podrían aplicar al caso de los 7 jóvenes de Alsasua.
Asimismo, es de aplicación el supuesto IV de la citada Resolución 1900
del Consejo de Europa, que señala que existirían presos políticos si
“por motivos políticos, la detención e ingreso en prisión se produzca de
manera discriminatoria en comparación con otras personas”, premisas que
se cumplirían tras el auto firmado por la Sala 2ª de la Audiencia de
Navarra. Dicho auto resuelve mantener en libertad a los 5 miembros de la
Manada (condenados a 9 años de prisión y sin sentencia firme) al
argumentar que “lo que en ningún caso puede perseguirse con la prisión
provisional son fines punitivos o de anticipación de la pena con el
atenuante de haber pasado en prisión provisional cerca de 2 años” y
concluye con “la aplicación del principiofavor libertatis(a favor de la
libertad) que “impele a la elección y aplicación de la norma menos
restrictiva de la libertad”, lo que confirmaría el aforismo de Blaise
Pascal: “La Justicia sin la fuerza es impotente;la fuerza sin justicia
es tiranía”.
Germán Gorraiz, en Diario de Noticias
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