Basta de reformas clericales!
Cientos de ginecólogos se oponen al fin del aborto por malformación.
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Cientos de ginecólogos se oponen al fin del aborto por malformación.
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El debate sobre la reforma de la ley del aborto ha rebasado la arena de debate político y ha ocupado las consultas y los laboratorios. El empeño del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, de modificar la regulación actual para acabar con el plazo de aborto libre y suprimir el supuesto de anomalías fetales ha empujado a profesionales sanitarios a movilizarse. Un grupo de ellos, compuesto por ginecólogos, obstetras o expertos en diagnóstico prenatal, ha redactado un manifiesto en contra de esa reforma que suma 645 adhesiones. Suprimir la opción de interrumpir el embarazo en caso de malformación grave —que recoge la ley actual— acarreará consecuencias trágicas para las familias afectadas, dicen.
La ley permite abortar después de la semana 22 solo en casos extremos
Con su movilización, las críticas a Gallardón amplían su foco. El histórico y muy ideologizado debate sobre la reforma de la ley del aborto se reinicia tomando una nueva derivada. Ya no es solo una cuestión de pérdida de derechos para las mujeres y de retroceso social, como vienen alertando las organizaciones sociales y de mujeres. También crearía un grave problema de salud pública.
“La decisión de interrumpir el embarazo causa mucho sufrimiento. Si la ley no permite la interrupción de la gestación en estos casos [de anomalías fetales graves], a la dramática situación se sumará el desamparo legal que sufrirán las gestantes”, explica el documento encabezado por las ginecólogas Pilar Martínez Ten y Begoña Adiego, que se entregará al secretario de Estado de Justicia, Fernando Román. En él explican que la eliminación de esa opción de la normativa desembocaría en una clara desprotección de las afectadas, que terminarían recurriendo al aborto clandestino e inseguro. La ley actual, aprobada en 2010 a instancias del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, permite abortar por encima del plazo libre de 14 semanas —en el que la mujer no precisa justificar su decisión— y hasta la 22 si hay riesgo para la salud de la mujer o si se detecta una malformación fetal (se precisa el dictamen de dos médicos). Pasado ese tiempo, y sin límite, solo es legal hacerlo si al feto se le diagnostica una anomalía extremadamente grave e incurable o incompatible con la vida. Un diagnóstico que debe hacer un comité clínico.
Anomalías graves
Solo el 3% de los abortos se realiza por causa de anomalía fetal. Por encima de las 22 semanas de gestación solo se permite si un comité médico diagnostica una de estas dos situaciones:
Anomalía fetal incompatible con la vida: aquella que previsiblemente o habitualmente se asocia con la muerte del feto o del recién nacido durante el periodo neonatal, aunque en condiciones excepcionales la supervivencia sea mayor.
Enfermedad grave o incurable: aquella situación con una alta probabilidad de mortalidad durante el periodo fetal o tras el nacimiento y/o con un desarrollo neurológico profundamente deficiente y/o con una probabilidad de dependencia extrema y persistente para el desarrollo de su vida posnatal.
Estos abortos apenas suponen el 3% del total registrado en España, pero se trata de casos muy dramáticos de hijos deseados. El titular de Justicia argumentó, para justificar el endurecimiento de la ley en este punto, que esa opción discrimina a las personas discapacitadas. Gallardón se escuda en un texto de la ONU que en 2010, tras las quejas de dos asociaciones, recomendó a España eliminar el aborto por “razón de discapacidad exclusivamente”. Eso a pesar de que en la ley actual —tal y como contestó el Ejecutivo anterior a la ONU— no habla en ningún caso de discapacidad, sino de anomalías fetales graves.
Los expertos coinciden, además, en que la Ley de Salud Sexual y Reproductiva funciona bien. De hecho, apunta el especialista en diagnóstico prenatal Javier Pedregosa, ha permitido a mujeres a quienes la norma anterior desamparaba —solo permitía la interrupción del embarazo por malformaciones hasta la semana 22— abortar en casos de anomalías gravísimas y de diagnóstico tardío. “Ha ayudado a familias que se veían obligadas a viajar a Francia para interrumpir su embarazo porque en España no podían hacerlo. Si la ley se endurece esto puede volver a ocurrir. Las consecuencias emocionales, psicológicas, sociales y médicas de acotar esta opción son muy duras”, incide Martínez Ten.
Así, las anomalías que recoge la ley difieren de lo insinuado por Gallardón sobre la supuesta intención eugenésica de interrumpir un embarazo bajo este supuesto. No hay una lista cerrada de patologías, pero la comisión de bioética de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia redactó una guía en la que reflejaba algunas: anencefalia (nacer sin cerebro), hidrocefalia grave y progresiva o agenesia de cuello calloso.
Cada situación, y su implicación, se estudian. El comité de expertos —ginecólogos, pediatras y expertos en diagnóstico prenatal— que designa cada comunidad autónoma analiza los aspectos médicos del caso —que haya un diagnóstico claro y fundamentado, las alternativas y posibilidades reales de tratamiento y sus consecuencias— y también todo lo relacionado con la calidad de vida del nacido (tiempo de supervivencia previsible, grado de desarrollo neurológico...), explica Rafael Torrejón, jefe de Ginecología y Obstetricia del hospital Virgen del Rocío de Sevilla y miembro de uno de los comités de Andalucía.
Y no todas las peticiones son aceptadas. También hay rechazos. En uno de los dos comités catalanes se aprobaron 83 de las 87 solicitudes recibidas hasta julio de 2012. En el comité clínico de Madrid, 9 de los 51 casos analizados desde julio de 2010 hasta enero de 2012 fueron rechazados: dos casos de síndrome de Down, otro de osteocondrodisplasia, un labio leporino... Situaciones de malformaciones severas del sistema nervioso central (12), cardiopatías severas (11) o malformaciones esqueléticas letales sí fueron aceptadas.
Justicia se escuda en un texto de la ONU en defensa de los discapacitados
“La ley actual es clara y justa. Ha logrado más seguridad para los profesionales y las mujeres, incluso para que tomen su decisión de manera más informada calmada”, considera Javier García Planells, presidente de la Asociación Española de Diagnóstico Prenatal. Su organización también ha hecho pública una nota en la que censura la intención de Gallardón. La revisión del aborto por malformación generará “desconfianza en un sistema sanitario incoherente, que proporciona las tecnologías más avanzadas de cribado y diagnóstico prenatal, pero que limita las opciones al alcance de cualquier país desarrollado”.
El cambio en la situación actual, alertan los expertos, dificultará mucho la práctica clínica. Y no solo provocará la aparición de fórmulas de aborto inseguro. También puede ocasionar que las afectadas vuelvan a pasar por la misma penosa situación en embarazos posteriores. El riesgo de que las malformaciones se repitan existe y sin métodos de estudio y de diagnóstico es probable que se produzcan.
La ley permite abortar después de la semana 22 solo en casos extremos
Con su movilización, las críticas a Gallardón amplían su foco. El histórico y muy ideologizado debate sobre la reforma de la ley del aborto se reinicia tomando una nueva derivada. Ya no es solo una cuestión de pérdida de derechos para las mujeres y de retroceso social, como vienen alertando las organizaciones sociales y de mujeres. También crearía un grave problema de salud pública.
“La decisión de interrumpir el embarazo causa mucho sufrimiento. Si la ley no permite la interrupción de la gestación en estos casos [de anomalías fetales graves], a la dramática situación se sumará el desamparo legal que sufrirán las gestantes”, explica el documento encabezado por las ginecólogas Pilar Martínez Ten y Begoña Adiego, que se entregará al secretario de Estado de Justicia, Fernando Román. En él explican que la eliminación de esa opción de la normativa desembocaría en una clara desprotección de las afectadas, que terminarían recurriendo al aborto clandestino e inseguro. La ley actual, aprobada en 2010 a instancias del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, permite abortar por encima del plazo libre de 14 semanas —en el que la mujer no precisa justificar su decisión— y hasta la 22 si hay riesgo para la salud de la mujer o si se detecta una malformación fetal (se precisa el dictamen de dos médicos). Pasado ese tiempo, y sin límite, solo es legal hacerlo si al feto se le diagnostica una anomalía extremadamente grave e incurable o incompatible con la vida. Un diagnóstico que debe hacer un comité clínico.
Anomalías graves
Solo el 3% de los abortos se realiza por causa de anomalía fetal. Por encima de las 22 semanas de gestación solo se permite si un comité médico diagnostica una de estas dos situaciones:
Anomalía fetal incompatible con la vida: aquella que previsiblemente o habitualmente se asocia con la muerte del feto o del recién nacido durante el periodo neonatal, aunque en condiciones excepcionales la supervivencia sea mayor.
Enfermedad grave o incurable: aquella situación con una alta probabilidad de mortalidad durante el periodo fetal o tras el nacimiento y/o con un desarrollo neurológico profundamente deficiente y/o con una probabilidad de dependencia extrema y persistente para el desarrollo de su vida posnatal.
Estos abortos apenas suponen el 3% del total registrado en España, pero se trata de casos muy dramáticos de hijos deseados. El titular de Justicia argumentó, para justificar el endurecimiento de la ley en este punto, que esa opción discrimina a las personas discapacitadas. Gallardón se escuda en un texto de la ONU que en 2010, tras las quejas de dos asociaciones, recomendó a España eliminar el aborto por “razón de discapacidad exclusivamente”. Eso a pesar de que en la ley actual —tal y como contestó el Ejecutivo anterior a la ONU— no habla en ningún caso de discapacidad, sino de anomalías fetales graves.
Los expertos coinciden, además, en que la Ley de Salud Sexual y Reproductiva funciona bien. De hecho, apunta el especialista en diagnóstico prenatal Javier Pedregosa, ha permitido a mujeres a quienes la norma anterior desamparaba —solo permitía la interrupción del embarazo por malformaciones hasta la semana 22— abortar en casos de anomalías gravísimas y de diagnóstico tardío. “Ha ayudado a familias que se veían obligadas a viajar a Francia para interrumpir su embarazo porque en España no podían hacerlo. Si la ley se endurece esto puede volver a ocurrir. Las consecuencias emocionales, psicológicas, sociales y médicas de acotar esta opción son muy duras”, incide Martínez Ten.
Así, las anomalías que recoge la ley difieren de lo insinuado por Gallardón sobre la supuesta intención eugenésica de interrumpir un embarazo bajo este supuesto. No hay una lista cerrada de patologías, pero la comisión de bioética de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia redactó una guía en la que reflejaba algunas: anencefalia (nacer sin cerebro), hidrocefalia grave y progresiva o agenesia de cuello calloso.
Cada situación, y su implicación, se estudian. El comité de expertos —ginecólogos, pediatras y expertos en diagnóstico prenatal— que designa cada comunidad autónoma analiza los aspectos médicos del caso —que haya un diagnóstico claro y fundamentado, las alternativas y posibilidades reales de tratamiento y sus consecuencias— y también todo lo relacionado con la calidad de vida del nacido (tiempo de supervivencia previsible, grado de desarrollo neurológico...), explica Rafael Torrejón, jefe de Ginecología y Obstetricia del hospital Virgen del Rocío de Sevilla y miembro de uno de los comités de Andalucía.
Y no todas las peticiones son aceptadas. También hay rechazos. En uno de los dos comités catalanes se aprobaron 83 de las 87 solicitudes recibidas hasta julio de 2012. En el comité clínico de Madrid, 9 de los 51 casos analizados desde julio de 2010 hasta enero de 2012 fueron rechazados: dos casos de síndrome de Down, otro de osteocondrodisplasia, un labio leporino... Situaciones de malformaciones severas del sistema nervioso central (12), cardiopatías severas (11) o malformaciones esqueléticas letales sí fueron aceptadas.
Justicia se escuda en un texto de la ONU en defensa de los discapacitados
“La ley actual es clara y justa. Ha logrado más seguridad para los profesionales y las mujeres, incluso para que tomen su decisión de manera más informada calmada”, considera Javier García Planells, presidente de la Asociación Española de Diagnóstico Prenatal. Su organización también ha hecho pública una nota en la que censura la intención de Gallardón. La revisión del aborto por malformación generará “desconfianza en un sistema sanitario incoherente, que proporciona las tecnologías más avanzadas de cribado y diagnóstico prenatal, pero que limita las opciones al alcance de cualquier país desarrollado”.
El cambio en la situación actual, alertan los expertos, dificultará mucho la práctica clínica. Y no solo provocará la aparición de fórmulas de aborto inseguro. También puede ocasionar que las afectadas vuelvan a pasar por la misma penosa situación en embarazos posteriores. El riesgo de que las malformaciones se repitan existe y sin métodos de estudio y de diagnóstico es probable que se produzcan.
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