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lunes, 27 de enero de 2014

El Gobierno espera que la ley del aborto mejore la economía a través de la natalidad

Gobierno conspiranoico de España


Gobierno conspiranoico de España





La Cadena SER ha tenido acceso a la memoria del impacto normativo de la reforma de la ley del aborto elaborada por el Ministerio de Justicia. Una especie de radiografía de los motivos por los que se lleva a cabo la reforma y de los objetivos que se quieren alcanzar.


El Ministerio de Justicia ha elaborado un cuadro que recoge un “análisis de impactos” de la reforma del aborto en cuyo apartado sobre efectos económicos puede leerse literalmente que producirá: “impacto neto positivo por los beneficios esperados por el incremento de la natalidad”.


El Gobierno espera que la reforma del aborto aumente la natalidad gracias a las nuevas trabas para interrumpir el embarazo. Esa esperanza en que el aumento de la natalidad traiga beneficios a la economía, sin embargo, es puesta en duda más adelante en el propio documento, ya que sus redactores admiten que “el impacto económico es difícilmente cuantificable” y que “no debe ser asociado directamente a la aprobación de la norma” puesto que no es ese su principal objetivo.


Datos sin actualizar
Leemos en el texto elaborado por el Ministerio de Justicia que el primer motivo que justifica la reforma es “la NO disminución del número de abortos practicados”, aunque resulta que los datos en los que se basa esa afirmación son erróneos, no están actualizados. La ley se aprobó el viernes 20 de diciembre y solo tres días después, el lunes 23, el Ministerio de Sanidad publicó en su web que el número real de abortos en 2012 había bajado un 5% respecto a 2011 con la actual ley de plazos aprobada por el Gobierno de Zapatero. Los últimos datos que se conocen dicen que los abortos habían descendido y no aumentado: de 118.000 a 112.000.


Fuerte carga ideológica
El borrador de impacto del Ministerio de Justicia refleja la fuerte carga ideológica que tiene esta reforma de la ley del aborto. Por ejemplo, considera que estos cambios refuerzan la libertad de elección de la mujer, a pesar de que obligan a alegar peligro psicológico de la madre incluso en el caso de que una mujer quiera abortar un feto enfermo que vaya a morir nada más nacer.


El texto insiste varias veces en que se ha eliminado lo que llama “aborto eugenésico”, un término que utilizan las asociaciones pro-vida para describir el caso de interrupción del embarazo en caso de malformación fetal. Incluso si el feto tiene malformaciones incompatibles con la vida que signifiquen que morirá en el periodo “neonatal”. Hasta en ese caso, la mujer tendrá que alegar que la pronta muerte de ese feto le va a provocar “grave peligro” para su propia salud psíquica. Ni siquiera cuando se da esa terrible circunstancia se puede abortar explicando que no se quiere gestar un feto que va a fallecer poco después de nacer.


Además, el documento insiste en que esta ley “protege la libertad de decisión” de la mujer pero la realidad es que obliga a superar toda una carrera de obstáculos: esa mujer tiene que alegar “grave peligro” para su salud (que tiene que ser certificado por dos médicos especialistas distintos) debe recibir asesoramiento sobre las consecuencias del aborto y debe tomarse 7 días para “analizar y reflexionar” sobre su decisión. No parece que la decisión sea muy “libre” como dice la reforma. Ahora se puede abortar sin dar explicaciones hasta las 14 semanas de gestación.


“Impacto de género positivo”
El cuadro que analiza el “impacto de género” de la reforma del aborto que estima sorprendentemente que será positivo porque “se deja de considerar el aborto como un derecho de la mujer” y porque, entre otras cosas, “se apoya a la maternidad”. Una maternidad que, por lo que se desprende del documento, parece que solo provoca un impacto positivo en el género “mujer” y no en el hombre. Un análisis que resulta bastante chocante en este siglo 21.


Complicada rectificación de Rajoy
Leyendo el texto resulta muy difícil imaginar que el Gobierno de Rajoy pueda aceptar introducir en la reforma del aborto un supuesto que permita la interrupción del embarazo en caso de malformación fetal como tenía la ley del 85. Es más, parece que impedir ese aborto ese caso es el centro de esta ley que abandera el ministerio de Gallardón.


De hecho el texto menciona varias veces como justificación de la reforma la Convención de los Derechos de las personas con Discapacidad de la ONU que fue ratificada por España y que habla -según él texto del Ministerio de Justicia- del “derecho a nacer diferente”. Esa convención fue ratificada por el Gobierno de Zapatero en 2008 que, consultado por la Cadena SER, asegura que ese tratado no se refiere en ningún caso al “nasciturus”, sino a las personas ya nacidas e insiste en que la Convención tiene más que ver con las ayudas a la dependencia o a la igualdad de trato.


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