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martes, 10 de junio de 2014

Te multarán hasta por llevar a tu prima en el coche La cuestión es buscar dinero hasta debajo de las piedras para atender los vencimientos de una deuda impagable.

Te multarán hasta por llevar a tu prima en el coche

La cuestión es buscar dinero hasta debajo de las piedras para atender los vencimientos de una deuda impagable.

EP.- El Ministerio de Fomento ha advertido a los usuarios de servicios de coches compartidos que no cuentan con la correspondiente autorización de transporte para operar que incurren en una "infracción muy grave" que puede conllevar multas de entre 401 y 600 euros. La sanción para las empresas o personas que promuevan, oferten o presten estos servicios sin tener dicha licencia administrativa puede oscilar entre 4.001 y 6.000 euros, importes que aumentarían hasta los 18.000 euros en caso de reiteración.

En un comunicado, el Departamento que dirige Ana Pastor indica que estas multas están fijadas en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT). Este texto establece que las personas y las empresas que realicen transportes de viajero por cuenta ajena en vehículos de turismo mediante retribución económica tienen que estar autorizados para ello por la Administración.

Así, Fomento indica que los Servicios de Inspección del Transporte Terrestre velarán por el cumplimiento de esta legislación "ante la aparición de anuncios en los medios y redes de comunicación en los que distintas empresas hacen pública su intención de lanzar plataformas de contratación de servicios de transporte de viajeros en vehículos de turismo particulares".
 






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