La multa
En el tuit en cuestión, fechado el pasado 3 de marzo en el perfil personal del periodista -@axierL-, se puede observar cómo varios miembros sin uniformar pertenecientes a la Ertzaintza se llevaban al interior de un vehículo a la joven eibartarra para arrestarla, toda vez que había rehusado presentarse a un juicio previo. López captó el momento preciso de la detención mediante dos imágenes, si bien las consecuencias fueron dadas a conocer ayer a través de la publicación.
La Subdelegación del Gobierno en Gipuzkoa le reclama una multa de 601 euros por “publicar sin autorización” en su cuenta de Twitter “imágenes de una actuación policial”. A través de esas instantáneas, según relata la orden de denuncia formulada por la Unidad Territorial Operativa de la Comisaría Provincial de Donostia, “es posible la identificación de los agentes actuantes, con el riesgo que para los funcionarios puede derivar de su identificación pública”.
Este es uno de los artículos que recoge la Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana -que tipifica el hecho como una sanción grave que puede acarrear sanciones económicas que irían desde los 601 euros hasta los 30.000 euros-, si bien hasta la fecha la ley Mordaza no se había aplicado contra ningún periodista en ejercicio de sus funciones en Euskadi.
En concreto se trata del artículo 23, en el que se apela al “uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación”, si bien también alude al “respeto al derecho fundamental a la información”.
http://www.yometiroalmonte.es/2016/04/07/multa-601-euros-periodista-aplicacion-ley-mordaza/

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