No casarse, no andar en compañía de hombres, no fumar ni beber vino o wisky, no teñirse el pelo... las prohibiciones que recogía el contrato
En 1923, el «Consejo de Educación de la
Escuela» establecía en sus contratos a las maestras una serie de
acuerdos para ocupar las plazas durante el curso de ocho meses, que se
iniciaba en septiembre:
Contrato de Maestras en 1923
La señorita…………………………………………………………..acuerda:
1.- No casarse. Este contrato queda automáticamente anulado y sin efecto si la maestra se casa.
2.- No andar en compañía de hombres.
3.- Estar en su casa entre las 8:00 de la tarde y las 6:00 de la mañana a menos que sea para atender función escolar.
4.- No pasearse por heladerías del centro de la ciudad.
5.- No abandonar la ciudad bajo ningún concepto sin permiso del presidente del Consejo de Delegados.
6.- No fumar cigarrillos. Este contrato quedará automáticamente anulado y sin efecto si se encontrara a la maestra fumando.
7.- No beber cerveza, vino ni whisky. Este contrato quedará automáticamente anulado y sin efecto si se encuentra a la maestra bebiendo cerveza, vino y whisky.
8.- No viajar en coche o automóvil con ningún hombre excepto su hermano o su padre.
9.- No vestir ropas de colores brillantes.
10.- No teñirse el pelo.
11.- Usar al menos 2 enaguas.
12.- No usar vestidos que queden a más de cinco centimetros por encima de los tobillos.
13.- Mantener limpia el aula:
- Barrer el suelo al menos una vez al día
- Fregar el suelo del aula al menos una vez por semana con agua caliente.
- Limpiar la pizarra al menos una vez al día.
- Encender el fuego a las 7:00, de modo que la habitación esté caliente a las 8:00 cuando lleguen los niños
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