Conflictos mundiales * Blog La cordura emprende la batalla


jueves, 10 de octubre de 2019

Ya tenemos Sentencia sobre el «Caso Altsasu«. Si a éso se le puede llamar «Sentencia»

Cuando la venganza viste puñetas



Ya tenemos Sentencia sobre el «Caso Altsasu«. Si a éso se le puede llamar «Sentencia»… Yo lo llamaría «Escrito de Venganza» y es que, se se analiza todo esto desde un principio, vemos que dicha Sentencia también busca humillar y someter.


Así, la parcial, politizada, dependiente y vengativa «justicia» española ha dado la puntilla a unos chavales que, preventivamente, ya llevaban en la cárcel más tiempo que lo que pudo estar cualquier asesino acusado por terrorismo de Estado de los GAL. En teoría dicen ser la misma «justicia» pero, evidentemente, aplican sin pestañear un vergonzoso y vergonzante doble rasero.


Posiblemente sea un experimento (una «pruebita» de ésas de a ver qué pasa) para ir preparando la reacción ciudadana tras la Sentencia del Procés (que también será dictada en plena pre-campaña electoral) en este caso, contra presos políticos y exilados catalanes.


También Franco le «dejó» a Hitler «experimentar» en Gernika, Durango u Otxandio con otra «pruebita»: Bombardear a la población civil indefensa. Así, no sería extraño afirmar que Altsasu pudiera llegar a ser una suerte de banco de pruebas.


La sentencia del parcial, subjetivo, politizado y mediatizado Tribunal Supremo (con sus penas aparejadas) es, sencillamente, surrealista/kafkiano. Un claro caso (otro) de lo que en España llaman «Justicia» cuando, en realidad, no deja de ser otra herramienta al servicio de la política.


De entrada, a eso no se le puede llamar justicia ni, de lejos, un «Poder» independiente.


Cualquier jurista que analice objetivamente esta sentencia se llevará las manos a la cabeza. 


¿Desde cuando se condena a alguien por no existir pruebas suficientes? Si cogemos un fragmento (referido al condenado Adur Ramírez de Alda) podemos leer: «respecto a las pruebas de descargo que se han propuesto y practicado en el plenario, hemos de decir que NO son suficientes para afirmar que nada tuvo que ver con los hechos«.


 ¿Entonces? ¿Se le condena? ¿Qué chapuza togada es ésta?


Por traducirlo, no demuestra su culpabilidad, sino que no se ha podido probar suficientemente su inocencia. NO hay terrorismo, NO hay discriminación y NO hay abuso de superioridad. Sin embargo las penas se cárcel son altísimas y del todo desproporcionadas. Con todo, seguirán vendiendo la moto que España es un Estado de Derecho.


 En realidad, para qué engañarnos, les funciona perfectamente del Ebro hacia abajo… que es de lo que se trata.


El Despropósito:


Oihan Arnanz: 9 años y medio de prisión por un delito de atentado a agentes de la autoridad en concurso ideal con un delito de lesiones (2 años y medio); tres delitos de lesiones con concurrencia de la agravante de abuso de superioridad (2 años por cada uno); y delito de desórdenes públicos (1 año).


Jokin Unamuno Goikoetxea y Adur Ramírez de Alda: 8 años y medio de prisión para cada uno por un delito de atentado a agentes de la autoridad en concurso ideal con un delito de lesiones (2 años y medio); y tres delitos de lesiones con agravante de abuso de superioridad (2 años por cada uno).


Jon Ander Cob y Julen Goikoetxea: 7 años y medio de prisión para cada uno por un delito de atentado a agentes de la autoridad (2 años y medio) y tres delitos de lesiones con la agravante de abuso de superioridad (1 año y 8 meses por cada delito).


Aratz Urrizola: 4 años y 2 meses de prisión por un delito de atentado a los agentes de la autoridad en concurso ideal con un delito de lesiones (2 años y 6 meses) y un delito de lesiones con la agravante de abuso de superioridad (1 año y 8 meses).


Iñaki Abad: 3 años y 6 meses de prisión por un delito de atentado a agentes de la autoridad en concurso ideal con un delito de lesiones (2 años y medio) y desórdenes públicos (1 año).


Ainara Urkijo: 1 año y 6 meses de prisión por delitos de desórdenes públicos (1 año) y amenazas (6 meses).


Es lo que hay. La Sentencia del Tribunal Supremo da continuidad a la injusticia y mantiene en prisión a los chavales de Altsasu.


Mantiene un claro relato artificial «fabricado» por la Guardia Civil y difundido al unísono por los Medios de comunicación adscritos a «La Caverna» (o «La Brunete Mediática«) que jaleaban la petición de altas penas y que abiertamente les denominaba «terroristas».


Queda, otra vez, demostrado que en «Marca España» unos pueden ser juzgado con el Código Penal en la mano y otros con el Código Postal. Me explico: Si todo llega a ocurrir en Cádiz, no habría nadie preventivamente en la cárcel, ni sentencias del Tribunal Supremo, ni absolutamente nada (de hecho, han habido casos similares).


 A lo sumo, se hubiese incoado un delito/falta de lesiones, se hubiese visto en un Juzgado ordinario de Instrucción y… a otra cosa.


Mi solidaridad a los condenados, a sus familias y amigos al tiempo que mi repudio a sus juzgadores.


Termino con una pregunta que, al conocer la Sentencia, me hecho de forma inmediata: ¿En qué manos estamos?



 https://blogs.deia.eus/rincondelproteston/2019/10/10/cuando-la-venganza-calza-punetas 





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