La prostitución en España –tercer mayor consumidor mundial tras
Puerto Rico y Tailandia- es una actividad no regulada, en el ámbito de
las normas estatales, ni existe una ley específica ni concreta, lo que
la convierte en alegal.
Sin embargo, en el Código Penal actual si que se
contemplan penas de dos a cinco años al que «empleando la violencia,
intimidación o engaño, o abusando de una situación de superioridad o de
necesidad o vulnerabilidad de la víctima, determine a una persona mayor
de edad a ejercer o a mantenerse en la prostitución».
También y en los
casos en los que una persona «se lucre explotando la prostitución de
otra persona, aun con el consentimiento de la misma» le pueden caer
entre dos y cuatro años de prisión. E incluso en la llamada Ley Mordaza
existe alguna consideración tanto para el que paga como la que cobra.
Numerosos ayuntamientos han regulado por su cuenta este trabajo que
atrae a uno de cada cinco españoles con un incremento imparable en los
últimos años de clientes cada vez más jóvenes. Los ayuntamientos,
Barcelona de manera destacada, persiguen su ejercicio en las calles o en
lugares cercanos a los colegios, entre otras cosas. No hay ley, pero
está regulada. Rara situación.
Estamos ante una realidad, la prostitución, que todo el mundo conoce,
por unas u otras razones, que la ejercen alrededor de 100.000 mujeres,
que existen 1.500 locales de los llamados de alterne, que mueve
diariamente 5 millones de euros y 4.000 millones, de € al año, quizá
más, lo que supone el 0,35 del Producto Interior Bruto (PIB) según en
Instituto Nacional de Estadística (INE).
Y aquí nos encontramos con otra
incoherencia: para la prostitución, como se ha dicho no existe una ley
específica, pero un órgano de la Administración del Estado si la
contabiliza, después de que desde Bruselas así se ordenara, que ocupa la
tercera plaza de las incoherencias.
No hay ley, pero si se contabiliza
su actividad. ¿Cómo se puede contabilizar algo que no existe? Pero se
hace.
Ilegalización en 1956
El ejercicio de la prostitución fue legal en España hasta 1956 cuando se prohibió definitivamente. Y así sigue.
Si consideramos el tiempo que ha transcurrido desde la aprobación en
1978 de la Constitución (arboladura que sostiene el cuerpo legal
español) hasta este 2020, son 42 años en los que ningún Gobierno ni
partido ha promovido una iniciativa tendente a legalizar y regular este
oficio. “¿Qué misterio habrá?”, que cantaba el gran Miguel Ríos en el
“Blues del autobús”. (“Cada día despierto…”)
En otros países europeos existen grandes diferencias legales: En
Alemania, Holanda, Suiza, Hungría, Letonia, Austria y Grecia es legal.
En Portugal e Italia no está regulada y en Suecia, Noruega o Francia e
Irlanda, está penada y fuertemente castigada. El Gobierno sueco, por
ejemplo, ha impuesto 7.600 sanciones a hombres desde que dictó una norma
que perseguía a los hombres. En Francia la multa puede llegar a 2.000
€.
Incluso en el ámbito de la Justicia ha habido pronunciamientos a
favor de proceder a la creación de la ley para esta actividad. A finales
de diciembre de 2919 el Tribunal Superior de Justicia de Valencia
(TSJCV) ya señaló a través de una sentencia que ordenaba el cierre de
una pensión en la que se ejercía la prostitución lo siguiente:
«Obviamente, este asunto no tiene por objeto valorar la actividad de
prostitución que se materializa en el local objeto de las actuaciones,
ni por supuesto resolver el pleito en función de un juicio crítico,
estético o moral sobre la prostitución, cosa que es ajena por completo a
la materia objeto de estos autos y sin perjuicio de que sería muy
razonable el que se regulara legalmente, en todos sus sentidos, un
fenómeno tan extendido como éste”.
¿Y los políticos, qué?
¿Por qué no se ha abordado esta cuestión? A favor de su legalización y
regulación están desde cuerpos de seguridad del Estado hasta
organizaciones de Derechos Humanos. Incluso existen organizaciones de
carácter sindical como La Organización de Trabajadoras Sexuales Otras,
aunque sus estatutos fueron considerados nulos por la Sala de lo
Social de la Audiencia Nacional.
La Sala consideró que “un contrato en
virtud del cual el trabajador asuma la obligación de mantener relaciones
sexuales, que le indique el empresario con las personas que este
determine a cambio de una remuneración debe reputarse nulo».
Las
principales razones a favor de la legalización son luchar contra la
trata ilegal de personas y la explotación de personas y contra las
Enfermedades de Trasmisión Sexual (ETS).
Para Policía Nacional el 80% de
las mujeres que ejercen la prostitución en España son víctimas de la
trata.
Solo con éste último dato bastaría y justificaría el que se llevara a
cabo una iniciativa legislativa, pero para gobernantes y parlamentarios
parece que en este caso no es ni necesario ni razonable.
Todo esta actitud de no querer afrontar la legalización del trabajo
sexual por parte del Ejecutivo y del Legislativo, además de incoherente
porque sobre el mismo pesan un montón de regulaciones, es muy hipócrita y
muy irresponsable.
Solo les queda, encima, lamentar la explotación y la trata de mujeres, la mayoría traídas de terceros países, engañadas y maltratadas vilmente.
Ésta es una de las realidades odiosas para la política de la España del
S. XXI.
La prostitución en España –tercer mayor consumidor mundial tras Puerto Rico y Tailandia- es una actividad no regulada, en el ámbito de las normas
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