Fuente: Pazos (2013): Desiguales Por Ley. Capítulo 4. (Cálculos
a partir de los Anuarios de Estadísticas Laborales del Ministerio de
Trabajo)
El camino para igualar las pensiones pasa por que todas las personas,
también las mujeres, puedan mantenerse en sus puestos de trabajo a
tiempo completo de manera continuada
Este agravamiento de la desigualdad es fundamentalmente
el resultado de las sucesivas reformas que han ido reforzando la
contributividad, es decir, aumentando la penalización de las lagunas de
cotización y endureciendo las reglas de cálculo de la pensión en función
de las cotizaciones. La reforma de 2011 ha supuesto un salto cualitativo terrible en este sentido.
2) Existen países en Europa donde las mujeres interrumpen su
permanencia en el mercado laboral por maternidad y no se les penaliza,
reciben lo que se denomina créditos. ¿Cierto o falso?
Es vedad que en las últimas décadas muchos países han ido estableciendo
nuevas figuras para la adquisición de derechos de pensión en base al
cuidado (fundamentalmente reconocimiento de periodos cotizados por
hijos/as y por cuidado de dependientes). España, aunque con cierto
retardo, también va por el mismo camino.
Estos
mecanismos atenúan en cierta medida las desigualdades, pero ni mucho
menos las compensan porque en todos los países su importancia es
ridícula en comparación con la pérdida de cotizaciones. Además, nada
puede compensar a una mujer que nunca ha tenido criaturas ni piensa
tenerlas por el letrero de “menos disponible para el empleo” que llevará
en la frente al menos durante toda su vida fértil y mientras continúe
el actual sistema.
Así pues, el problema no se
solucionará mientras el sistema de cuidados siga basado en el abandono
(total o parcial) del mercado de trabajo por parte de las mujeres, que
es el determinante fundamental de la brecha de género en pensiones. En
el gráfico siguiente se puede observar cómo la brecha es mayor
precisamente en los países en los que estas medidas “compensatorias”
tienen más protagonismo, como por ejemplo Alemania, mientras que es
menor en los países en que las mujeres permanecen en el empleo durante
toda su vida adulta, como Dinamarca o Suecia.
Fuente: Pazos (2013): Desiguales Por Ley. Capítulo 4.
(Elaboración propia a partir de datos de Federal Ministry for Family
Affairs, 2011.- Nótese que Eurostat no ofrece regularmente esta
desagregación por sexo de las pensiones medias)
Según el dato que acaba de publicar la Agencia Tributaria
sobre todas las pensiones públicas percibidas en 2013 (excluyendo
orfandad), la pensión media masculina es un 41% superior a la femenina.
A estas alturas ya existe una amplia conciencia de que estos datos reflejan, en diferido, la desigual situación de las mujeres en el mercado de trabajo.
La cuestión es qué hacer para arreglar semejante injusticia y si vamos
por el buen camino. Para encontrar la respuesta, es necesario antes
disolver dos malentendidos que flotan en el ambiente:
1) La desigualdad en las pensiones va disminuyendo en la medida en que
más mujeres se van jubilando. Es decir existe un efecto de las
cohortes. ¿Cierto o falso?
Esta creencia es
lógica, pues solemos pensar que vamos evolucionando a mejor, y más en un
país como España en el que la incorporación de las mujeres al empleo
formal y la asunción del principio de igualdad son fenómenos
relativamente recientes. Pero esta creencia, a pesar de ser
comprensible, es radicalmente falsa: si comparamos cohortes según la
Agencia Tributaria, en 2013 la brecha para el intervalo de 66 a 75 años
es del 48%, y para mayores de 75 años es del 35%; es decir, la brecha es
mayor para la cohorte más joven.
Los datos de la
Seguridad Social sobre pensiones de jubilación nos ofrecen el mismo
panorama: la brecha de género se amplía con el tiempo para todos los
tramos de edad:
La conclusión es clara y meridiana: es necesario cambiar
la organización social para que todas las personas, incluidas todas las
mujeres, puedan mantenerse en sus puestos de trabajo a tiempo completo
de manera continuada. Esto es lo que les concederá ingresos, derechos
laborales y pensiones; suficientes y en igualdad.
El
cuidado existe, pero se puede organizar de otra manera. Si los servicios
públicos de atención a la dependencia alcanzaran cobertura universal,
ninguna persona tendría que sacrificar su empleo por cuidados de larga
duración. Si la jornada máxima fuera de 35 horas semanales
con cómputo semanal, si la educación infantil desde los 0 años fuera un
derecho universal y si se establecieran medidas para que los hombres
asumieran su mitad del cuidado (como los permisos iguales, intransferibles y pagados al 100%), no serían necesarias las excedencias, las reducciones de jornadas o los abandonos del empleo por parte de las mujeres.
Es cierto que, además de periodos cortos por emergencias familiares, el
nacimiento o adopción de una criatura requiere permisos por maternidad y
paternidad, pero si estos estuvieran pagados al 100% (como lo está el
permiso de maternidad y como es lo normal) no supondrían merma en las
cotizaciones. Ese es el camino para igualar las pensiones, y la historia
demuestra que no hay otros.

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