La batalla jurídica por que
la hermana del rey sea juzgada junto a otros 17 ciudadanos en un caso de
corrupción aún no ha concluido. La única certeza respecto a Cristina de
Borbón y el juicio del caso Nóos es que se sentará en el banquillo en
su arranque el lunes, mientras se plantean las cuestiones previas. Su
defensa alegará entonces que esa debe ser la primera y la última
comparecencia de la duquesa de Palma ante el tribunal. Esgrimirá la
conocida como ‘doctrina Botín’, que impide juzgar a alguien que no es
acusado por la Fiscalía o por el considerado perjudicado directo de su
acción.
A partir de las 9.30 horas
del lunes, una a una, todas las partes que lo deseen plantearán sus
cuestiones previas. Se trata de peticiones al tribunal sobre cómo debe
discurrir la vista oral. Los abogados de Cristina de Borbón expondrán la
sentencia del Tribunal Supremo de 2007 que confirmó la decisión de la
Audiencia Nacional de no juzgar al fallecido presidente del Banco de
Santander, Emilio Botín, en el caso conocido como ‘cesión de créditos’.
El Alto Tribunal determinó que si la Fiscalía no apreciaba delito y solo
lo hacía una asociación de consumidores, como acusación popular, no
cabía pedir responsabilidades a Botín y el resto de imputados.
La acusación popular del
caso Nóos, ejercida por Manos Limpias, solicita ocho años de cárcel y
multa de dos millones de euros para Cristina de Borbón por dos delitos
fiscales cometidos en los ejercicios de 2007 y 2008 en grado de
cooperadora necesaria. La hermana de Felipe VI era propietaria con su
marido al 50% de Aizoon, la sociedad utilizada por Urdangarin para
blanquear presuntamente dinero procedente de la corrupción y por la que
facturaba servicios que realizaba él y no la empresa, con objeto de
evitar el pago de impuestos más elevados.
Según la instrucción, la
infanta cargaba gastos personales a esa sociedad, usaba su tarjeta de
crédito e incluso llegó a girarle una factura.
Los abogados del Estado
representan a la Agencia Tributaria en el juicio debido a que varios de
los acusados deben responder por delitos contra la Hacienda pública.
Pero ni ellos, ni la Fiscalía Anticorrupción aprecian delito en la
conducta de la infanta, atribuyéndoselo en exclusiva al administrador de
la sociedad, su marido. Esta fue la tesis de la infanta durante su
declaración ante el juez Castro, el total desconocimiento de cualquier ilegalidad.
¿Es aplicable entonces la
doctrina del Supremo? Según el juez José Castro, no. El instructor del
caso Nóos cree que los perjudicados por la actuación de la hermana del
rey son el conjunto de los ciudadanos españoles
y que el criterio de la Agencia Tributaria, dependiente del Ministerio
de Hacienda, no puede hurtarles el derecho a acusar, ejercido en este
caso por quien fue reconocido en el origen del caso como acusación
popular.
Fiel a su heterodoxo estilo,
Castro aludió a las campañas publicitarias del propio Ministerio de
Hacienda para argumentar su posición. Lo hizo en el auto de 22 de
diciembre de 2014 por el que enviaba a la infanta al banquillo de forma
irremediable. “Consciente la Administración Tributaria de que esos
principios no calarían fácilmente en el cuerpo social, se decidió a
llevar a cabo unas amplias campañas institucionales de pretendida
concienciación tributaria, entre las que habrá de ser resaltada, por ser
un clásico del que se ha hecho prolífico uso, las más de las veces
cargado de ironía, la de que ‘Hacienda somos todos’ y las muy recientes
que cierran un diálogo con el eslogan oficial de la campaña: ‘lo que tú
defraudas, lo pagamos todos’”, escribió entonces el juez.
El magistrado aludía así,
sin citarlo, a otro fallo del Tribunal Supremo que matizó la doctrina
Botín. Ocurrió en 2008, con motivo de la causa por desobediencia contra
el expresidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa. Este se había
negado a disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak, pero no
era acusado por la Fiscalía. El Supremo estableció que la doctrina
Botín no era aplicable porque en el delito de desobediencia no hay unos
perjudicados concretos que eviten ejercer la acusación particular, como
en el caso del banquero, sino que los afectados por la desobediencia de
Atutxa son el conjunto de los ciudadanos. Y por ello, permitió sentar en
el banquillo a Atutxa con la única acusación de Manos Limpias.
Hay una segunda
argumentación que podrían respaldar las tres juezas que forman el
tribunal, de acuerdo a lo recogido en un auto de sus compañeros de la
Audiencia Provincial de Palma. El 7 de noviembre, la Audiencia rechazó
que la infanta fuera juzgada por blanqueo de capitales, pero en un
extensísimo auto abría la puerta a que Castro la investigara por delito
fiscal.
En un punto de esa
resolución, los magistrados Mónica de la Serna, Juan Jiménez y Diego
Gómez aludían a “un matiz” que diferenciaba el caso de la infanta del de
Botín, y es que la Fiscalía y Hacienda sí que van a acusar a otros
imputados por delitos fiscales, por lo que sería viable que Cristina de
Borbón se sentará también en el banquillo para responder sobre esos
ilícitos, aunque la única acusación contra ella sea la de Manos Limpias.
Pero tanto Castro como esos
tres jueces ya son pasado en el caso Nóos. Ahora serán los tres miembros
del tribunal quienes decidan sobre la aplicación o no de la doctrina a
la infanta. Las magistradas Rocío Martín, Samantha Romero y Eleonor Moyá
escucharán las cuestiones previas planteadas por la defensa de la
infanta y otras posibles partes del proceso. Eso puede llevar una o dos
jornadas.
Antes del 9 de febrero
Cabe la posibilidad de que las cuestiones previas sean resueltas en el momento por el tribunal y trasladadas in voce
a las partes, pero no será el caso. Las magistradas han dejado entrever
a las partes que conocerán su decisión a través de un auto, esto es,
una resolución razonada.
Según fuentes próximas al
tribunal, el motivo es la argumentación jurídica que requieren, por su
complejidad, dos de las cuestiones que se prevén que serán planteadas.
Por una parte, la aplicación o no a este caso de la doctrina Botín y,
por otro, la que previsiblemente presentará la defensa de Diego Torres,
el socio de Iñaki Urdangarin, que pretende la nulidad de todo el
proceso.
En cualquier caso, la
decisión de las magistradas estará lista antes del 9 de febrero, la
fecha señalada para retomar el juicio y que comiencen a declarar los
imputados. Ninguna de las tres juezas está afiliada a una asociación de
jueces y resulta muy difícil, por su trayectoria, determinar una
inclinación ideológica. Rocío Martín ha pasado a integrar el tribunal
tras la excedencia voluntaria solicitada por Juan Pedro Yllanes para integrar la lista de Podemos en las últimas elecciones generales.
De su fallo depende que la
infanta sea finalmente juzgada y deba acudir a todas las sesiones que se
celebren en los próximos seis meses o que responda únicamente como
responsable civil a título lucrativo, supuesto para el que bastará que
esté presente su representante legal.
Esta última es la
responsabilidad que le atribuye la Fiscalía Anticorrupción: haberse
beneficiado de los réditos del delito presuntamente cometido por su
marido. Es la misma situación que la del PP
en el primer gran juicio del caso Gürtel que se celebrará en la
Audiencia Nacional, el que afecta a la conocida como ‘Primera Época’.
El fiscal Anticorrupción
Pedro Horrach pide para la infanta el pago de una multa de 587.000
euros, la mitad de la cantidad que Urdangarin habría dejado de ingresar a
Hacienda a través de Aizoon, siempre que se pueda demostrar el delito
del marido y sea condenado. Cristina de Borbón ya depositó esa cantidad
en una cuenta del juzgado a modo de fianza.
En el caso de que deje de
estar acusada, cualquiera de las partes podría pedir que declare como
testigo, cuestión sobre la que deberá decidir el tribunal. Si las juezas
creen que no le es aplicable la doctrina Botín, la infanta declarará la
última en la ronda de acusados que comienza el 9 de febrero.


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