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miércoles, 13 de marzo de 2019

Absuelven a los guardias civiles acusados de obligar a gente a tragar balas al son del ‘Cara al sol’


 
  El juzgado destaca que “no consta acreditado” que ocurrieran los hechos.
 
 
Los dos guardias civiles acusados de obligar a la dueña y los clientes de un bar a meterse balas en la boca al son de ‘Cara al sol’ han sido absueltos. 
 
 
Según recoge la sentencia de un juzgado de León al que ha tenido acceso 20minutos, “no consta acreditado” que los acusados realizaran estos hechos por los que estaban denunciados.
 
 
 Los agentes en la declaración del juicio negaron que los hechos, sucedidos en 2013, ocurrieran de la manera señalada.
 
 
Estos guardias civiles describieron que dijeron al dueño del bar cual era la hora del cierre y que no se podía fumar “fuera del establecimiento” porque olía a humo y que a los quince o veinte minutos salieron del local.
 
 
 La acusación planteó una versión diferente de los hechos. 
 
 
Según declararon, los agentes obligaron a fumar a todo el mundo del bar en el que entraron y le pidieron el DNI.
 
 
En este relato de los hechos pusieron ‘Cara al sol’, obligaron a los clientes a levantar el brazo derecho y obligaron a las personas presentes a meterse balas en la boca e incluso a tragarlas.
 
 
 La sentencia considera que hay varias contradicciones en los hechos denunciados. 
 
 
En primer lugar, afirman que la víctima denunció los hechos casi un año después de que ocurrieran y “a pesar de su gravedad”, no va de manera intencionada a poner la denuncia a las autoridades.
 
 
 En segundo lugar, ven que existen en sus manifestaciones contradicciones entre las diferentes declaraciones del juicio.
 
 
Además, señalan contradicciones de la víctima respecto a las declaraciones de otras personas.
 
 
 Entre ellas hay algunas como que la víctima manifestó los hechos al alcalde de la localidad, lo cual él niega. 
 
 
Otra incoherencia es que la hija del denunciante manifestó que al día siguiente de los hechos había botellas rotas en el bar, dato que no concuerda con lo que dijo la víctima se había quedado limpiando esa noche.
 
 
Por todas estas discordancias, la jueza considera que no existe “prueba suficiente de la autoría de los hechos”. 
 
 
Por ello les absuelve ya que apunta a que las prueba practicada no permite “destruir” el derecho a la presunción de inocencia. 

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