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sábado, 9 de marzo de 2013

El racismo irracional, otro legado de la "Movida Madrileña"



El racismo irracional, otro legado de la "Movida Madrileña"



No lo decimos porque aquello naciera en Madrid, incluso hubo quien se divertió sin considerar otras consecuencias, con aquel experimento que devino en ariete  que el PSOE de Felipe González utilizó para derribar la dignidad del ser humano y llenar el país de drogadictos y alcohólicos: Había que acabar con todo atisbo revolucionario. Cómplice de aquello el social-fascista alcalde de Madrid, Tierno Galván que en los infierno esté: Tú no puedes prohibir nada, puto negro, no pienso apagar el cigarrillo hasta que no le acabe.
 
EP.- La Fiscalía del Principado de Asturias solicita la condena de un acusado de iniciar un altercado en una cafetería de Gijón porque empezó a fumar en su interior y el camarero le llamó la atención. En el banquillo se sentará además una mujer que se presuntamente enfrentó a los policías que se personaron en el establecimiento. La vista oral está señalada para el lunes, 11 de marzo, en el Juzgado de lo Penal número tres de Gijón, a las 9.30 horas.

El Ministerio Público sostiene que, sobre las 12.00 horas del 24 de julio de 2011, en una cafetería de la calle Pedro Duro de Gijón, el acusado J.C.V.N. empezó a fumar y, al ser advertido de que no podía hacerlo por el camarero R.L.C., profirió contra éste expresiones tales como "Tú no puedes prohibir nada, puto negro, no pienso apagar el cigarrillo hasta que no le acabe"

A continuación, el acusado comenzó a tirar y a romper de manera deliberada varias piezas de la vajilla del establecimiento y a lanzar contra el camarero un plato, que le impactó en la cabeza. Instantes después se personó en el lugar una dotación del Cuerpo Nacional de Policía, que identificó a los implicados en el altercado. En ese momento, la también acusada M.C.H.G., que acompañaba al otro acusado y que se encontraba fuera de la cafetería, pretendió entrar en el local, aunque los agentes le impidieron la entrada, iniciándose un forcejeo. El camarero sufrió lesiones de las que tardó en curar siete días, sin secuelas. Los desperfectos de la vajilla fueron tasados en 439 euros.

La Fiscalía considera que el acusado J.C.V.N. es autor de un delito de daños, de una falta de lesiones y de una falta de injurias, y pide que se le condene al pago de multas que suman 3.240 euros y de dos indemnizaciones: una de 439 euros al propietario del local y otra de 240 días al camarero por los días en los que tardó en curar y que estuvo apartado de sus ocupaciones habituales. El Ministerio Público considera que la acusada M.C.H.G. es autora de un delito de resistencia y pide que se le imponga una condena de nueve meses de prisión. Pago de las costas a partes iguales entre ambos.
 

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