El lío de la sentencia del Supremo explicado en 1 minuto.
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Deja sin efecto todos los señalamientos sobre los recursos de casación
pendientes con un objeto similar, lo que impedirá que se siente
jurisprudencia.
El miedo a la repercusión social y económica
de la sentencia que obliga a los bancos a pagar el impuesto de Actos
Jurídicos Documentados en la concesión de hipotecas, ha hecho que el Tribunal Supremo decida dejar sin efecto la aplicación de la sentencia que lanzó ayer mismo.
El Alto Tribunal paraliza procesos similares en la sala de lo
Contencioso, para no sentar jurisprudencia, y eleva la decisión final al
Pleno de la sala para que decida si se debe hacer el cambio de
jurisprudencia o no.
El Tribunal se replanteará si los bancos deben asumir los impuestos de escrituración de las hipotecas,
de acuerdo con una nota informativa de urgencia difundida este viernes
en la que anuncia que se avocará al Pleno de la Sala
Contencioso-Administrativa el conocimiento de alguno de recursos
pendientes relacionados con este asunto "a fin de decidir si dicho giro
jurisprudencial debe ser o no confirmado”.
El alto tribunal
explica que se ha producido"un giro radical en el criterio
jurisprudencial hasta ahora sustentado", y, teniendo en cuenta "la enorme repercusión económica y social"
de dicha decisión, el presidente de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del alto tribunal, Luis María Díez-Picazo,
acuerda con carácter urgente avocar al Pleno los casos que lleguen
relativos a quien corresponde pagar los gastos de la hipoteca.
El resultado práctico de esta medida es que, por lo pronto, la sentencia dictada, que es firme, será aplicada solo al caso al que se refiere de la Empresa de Vivienda de Rivas Vaciamadrid, pero no se podrá utilizar con efecto retroactivo ni como sentencia de referencia para reclamar el dinero del impuesto en todos los casos de los últimos cuatro años.
Una repercusión mal calculada
Según fuentes consultadas cercanas a este proceso, por un lado, desde el Alto Tribunal no esperaban una repercusión tan grande de este tema
con una sentencia sobre una cuestión concreta.
Y por otro lado, han
pesado las alertas sobre la inseguridad jurídica que supone el haber
dado dos pronunciamientos radicalmente distintos en apenas seis meses.
Esos dos aspectos han hecho que el presidente de la Sala Tercera del
Tribunal frene la decisión tomar por la sección segunda de su propio
órgano y obligue a replantear el tema al total de la Sala de lo
Contencioso.
Tras la sentencia publicada ayer mismo, que obligaba a los bancos a afrontar el pago del impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) en el caso de las hipotecas,
en lugar de a los clientes que piden el crédito, todas las alarmas se
encendieron en el sector bancario, por la avalancha de reclamaciones que
podía producirse de clientes que hubieran pedido una hipoteca en los
últimos cuatro años.
Ese efecto habilita a un colectivo de más de un
millón de personas a reclamar el dinero "mal pagado" y amenaza con
colapsar los juzgados y pasar a los bancos un coste superior a los 4.000
millones de euros.
La aplicación de la sentencia queda ahora paralizada hasta que se confirme el cambio de criterio,
dado que la sentencia sobre el caso de Rivas conllevaba no solo ese
asunto concreto, sino que declaraba nulo parte del reglamento del
Impuesto y obligaba a su rectificación.
Esta paralización, que puede
suponer un jarro de agua fría para muchos afectados, ofrece además un
margen de tiempo a la Administración para que vaya preparando el cambio
en la norma, por si finalmente es necesario ponerlo en marcha.
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