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miércoles, 30 de septiembre de 2015

El general que obligaba a una soldado a hacer guardias gratis “por la moral de la tropa”

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El reconocimiento de los derechos de las mujeres en el Ejército sigue en un agujero negro del que va saliendo poco a poco. La comandante Zaida Cantera le dio una sacudida cuando logró, contra viento y marea, que el Tribunal Supremo condenara a un coronel por acoso sexual, un hito en una institución que se resiste a sacudirse la caspa. Esta vez ha sido una madre la que se ha negado a pasar más horas de las reglamentarias en el cuartel tras obtener la jornada reducida para cuidar a su bebé.


La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha dado la razón a una soldado que era obligada a hacer guardias y maniobras a pesar de haberse reducido la jornada para cuidar a su hijo. En la práctica, la mujer tenía que acudir en sus horas teóricamente libres a hacer guardias que duraban 24 horas y que no se le abonaban aparte.


El general jefe del Estado Mayor del Mando de Canarias determinó el 24 de marzo de 2014 concederle la reducción de jornada bajo la condición de que debía realizar un 25% de las guardias y participar 10 días al año en maniobras. El alto mando militar justificó que la joven soldado debía pasar por este aro porque era “imprescindible en términos de la moral del conjunto de la unidad y justo para el resto de compañeros”.


Según el general, cuyo criterio fue ratificado dos meses después por el jefe del Mando de Canarias, al que recurrió la afectada, los efectivos que hay habitualmente disponibles no son suficientes para cubrir todas las guardias y por ello había que incorporar a la chica.


 Existe un alto índice de absentismo (siempre hay un 25% de la tropa de baja) y se han suprimido las comisiones de servicio, argumentaron los mandos militares para obligar a la soldado a cubrir más horas.


La justificación de los dos generales, sin embargo, no cuadra en absoluto al tribunal, que critica duramente la decisión e incluso obliga a la Administración a hacerse cargo de las costas del proceso judicial. “Si la exclusión del servicio de guardias de quienes tienen concedida reducción de jornada es o no proporcionada no corresponde decidirlo al mando ni depende de la moral de la tropa”, asegura el TSJ de Canarias.


“La supresión de las comisiones de servicio por razones presupuestarias no justifica el recorte de derechos reconocidos al personal militar por razón de la conciliación familiar”, apunta la sentencia.


Y añade que tampoco se puede aceptar como argumento para el recorte de derechos “que se considere normal una situación de elevado absentismo laboral”.


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